Los ministros estarían haciendo labores que no les corresponden si echan abajo Prisión Preventiva Oficiosa: Mejía Berdeja

Arturo García Caudillo Agencia Libertad ANI (México, 2 de septiembre).- Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalida el artículo constitucional que permite la prisión preventiva oficiosa, estaría sobrepasando sus facultades, asegura el subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Ricardo Mejía Berdeja.

“Si la Corte en los dos recursos hoy en discusión, un amparo en revisión y una acción de inconstitucionalidad determinara invalidad un artículo constitucional, sería la primera vez en la historia del país, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se erige en un poder constituyente e invalida un artículo de carácter constitucional. La Corte solamente puede invalidar leyes que atenten contra la Constitución”, explicó, el funcionario público.

Durante su participación en la sección Cero Impunidad en la conferencia Mañanera, Mejía Berdeja aseguró que el único órgano facultado para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según el artículo 135 de la propia Carta Magna, es el Poder Legislativo a través del Constituyente Permanente, integrado por la Cámara de Diputados, el Senado de la República y los 32 congresos locales, y por tanto, la Corte estaría asumiendo funciones legislativas que no le corresponden.

Detalló que de eliminarse la prisión preventiva oficiosa “no solamente se volvería a la puerta giratoria, sino que podríamos estar ahorita hablando de una puerta abierta, porque 92 mil personas que hoy en México están sujetas a prisión preventiva por delitos graves, como son los secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, etcétera, quedarían en libertad para seguir delincuente”.

Explicó que la defensa del narcotraficante Rafael Caro Quintero solicitó un amparo en contra de su extradición a Estados Unidos, es uno de esos casos que revisará la Corte. El otro tiene que ver con una acción de inconstitucionalidad.

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