Invalida Corte decreto que obligaba a diferencias a los comunicadores entre información y opinión

Arturo García Caudillo Agencia Libertad ANI (México, 29 de agosto).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó por unanimidad de votos, la reforma aprobada en 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones, con la que se obligaba a concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.

El ministro ponente Alberto Pérez Dayán explicó que fueron las irregularidades en el proceso legislativo las que les obligaron a tomar esta decisión.

“Particularmente las que se refieren al debido proceso legislativo y al derecho de las minorías a no ser excluidas del proceso deliberativo democrático, debo destacar que en la parte de comisiones unidas tanto la convocatoria y la sesión extraordinaria del 26 de octubre del 2017, presentan irregularidades tales como que a pesar de estar convocadas tres distintas comisiones para elaborar el dictamen y con el mismo llevarlo precisamente a la sesión plenaria, este no se generó de manera conjunta”.

Entre las violaciones que enlistó el proyecto de Pérez Dayán, menciona que no se llevaron a cabo las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso y que no se cumplió con la publicación del dictamen en la Gaceta del Senado de la República 24 horas antes de que se realizara la discusión del asunto.

Además, tampoco fueron consultados pueblos y comunidades indígenas sobre esta materia, ya que la reforma también podría afectarlos.

Debido a que el problema no se discutió de fondo, el Poder Legislativo podría retomar el tema en cualquier momento.

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