¿El derecho a migrar?

La discursiva pública sobre migración supone escenarios que puestos en contexto cotidiano, resultan cuando menos risibles y para algunos inaceptables.

Por Angel Leal

Los artículos 13 y 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reivindican el derecho a esta movilidad y a buscar refugio, sin embargo, más allá del buenísmo con que grácilmente se celebran acuerdos con redacciones de aplauso fácil pero limitados efectos deseables reales, la discursiva pública sobre migración supone escenarios que puestos en contexto cotidiano, resultan cuando menos risibles y para algunos inaceptables.

En el particular contexto latinoamericano, cuando el mandatario de un país pide a su par de otra soberanía que acoja a sus migrantes, es como si un padre de familia le pidiera al vecino que dé manutención, alojo y protección a los hijos del primero, sin más fundamento que el mejor nivel de vida que prima en el hogar del segundo.

Cuando un gobierno se ufana de ingresos por remesas, en realidad es como si presumiera que su hijo estrena tenis nuevos… porque se los compro “el sancho”, cuando apelamos al argumento emocional de que el migrante sólo quiere ir a trabajar, es como si aceptáramos que por nuestra ventana entrasen 25 plomeros, 37 carpinteros y 200 campesinos, por supuesto que alguno resultará oportuno para a tender los trabajos necesarios del hogar, pero no todos, ni entrando de manera desordenada.

En suma y retomando la seriedad, el éxito de las Naciones depende de su sistema de leyes y políticas, por tanto, no es compatible aspirar a los frutos de estas incrustándonos de manera contraria, justamente, a las leyes y políticas que posibilitan que un Estado sea deseable para habitar.

La política migratoria de un país expulsor debe de estar orientada justamente a combatir la migración, pues esta es consecuencia de situaciones indeseables, como inseguridad, falta de empleo y falta de oportunidades en general, problema que no se resuelve con asistencialismo, ni transfiriendo problemas a otras naciones, sino creando condiciones de mercado y de seguridad, que vuelvan atractivo el destino, tanto para su población originaria, como para inversión, figurando obviamente, incentivos fiscales, de desregulación y por supuesto de combate a la delincuencia.

Cierto y de reconocerse es, que los migrantes también han contribuido a la grandeza de las naciones, también lo es, que en una variable de esclavitud moderna más laxa en responsabilidades para el empleador, toda vez que son contratados -dada su condición de ilegalidad- por montos inferiores a la mano de obra local (legal), sin prestaciones y en condiciones de vida cuestionables, por tanto, los países receptores también deben sincerarse y crear esquemas de migración laboral temporal claros, como los programas de jornaleros agrícolas temporales, estableciendo qué perfiles, dónde se y por cuánto tiempo se requiere de migrantes, de esta forma, hay incentivos para la migración legal y útil, desincentivos para la migración ilegal y ambas partes obtienen de manera clara beneficios.

Parece una ruta fácil, lo es, si con sinceridad se ponen los puntos sobre la mesa, sin embargo, el ceño fruncido con que muchos lectores recorrieron el comienzo de estas líneas, imposibilita el que los tomadores de decisión actúen de la forma necesaria, dado que el riesgo de ser impopular en un sistema que legitima el ascenso al poder basado en un concurso de popularidad (elecciones), resulta inaceptable para quienes lo entienden lo suficiente, como para llegar los cargos.

Sobre el autor.

Especialista en poder legislativo y derecho electoral, con formación de licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública; estudios de derecho y maestría en Política y Gobierno. Ha sido servidor público federal, asesor legislativo, consultor municipal y ocupado diversos cargos de dirigencia partidista.

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