INAH debe dar a conocer informes y dictámenes del Programa de Mejoramiento de Zonas Arqueológicas 

· Urge que se tenga conciencia de que la dependencia fue muy escasa y frugal en sus respuestas: Francisco Javier Acuña Llamas    

· Tenemos que ordenarle que modifique su respuesta, para que complemente con todo lo que hay, que es bastante y que lo haga pronto y bien, apuntó el Comisionado del INAI  

Redacción Agencia Libertad ANI (México 30 de octubre de 2022).- El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) debe dar a conocer los informes y dictámenes del Programa de Mejoramiento de Zonas Arqueológicas, denominado (Promeza), que permitan conocer los planes de rehabilitación, construcción, ampliación, renovación y mejoramiento de la infraestructura existente, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). 

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas enfatizó que el INAI respalda al ciudadano que ejerció su derecho a saber, garantizado que el sujeto obligado cumpla con entregar la información requerida.  

 “Urge que se tenga conciencia de que la dependencia fue muy escasa, frugal en sus respuestas. Tenemos, porque pudimos hacer una indagatoria, que hay mucha más información de la que le entregaron, que está pendiente de hacerle llegar”, apuntó.  

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del INAH, que proporcionó un vínculo electrónico para consulta; sin embargo, la información entregada no estaba completa. 

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que la solicitud de información fue atendida por las áreas competentes, cumpliendo así con el procedimiento de búsqueda establecido la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 

Sin embargo, al consultar el vínculo proporcionado como respuesta por el INAH, la ponencia concluyó que el sujeto obligado no entregó la documentación que respondiera el requerimiento, aun cuando se identificaron indicios que permiten suponer la existencia de documentos con la información sobre el desarrollo de planes de rehabilitación, construcción, ampliación, renovación y mejoramiento de la infraestructura. 

“Tenemos que ordenarle que modifique su respuesta, para que complemente con todo lo que hay, que es bastante y que lo haga pronto y bien, que de esa manera intente resanar la omisión que cometió al principio”, concluyó Acuña Llamas. 

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del sujeto obligado y le instruyó llevar a cabo una búsqueda de la información con un criterio amplio, en la Coordinación Nacional de Arqueología, el Consejo de Arqueología, la Dirección de Medios de Comunicación, la Secretaría Técnica, la Dirección de Salvamento Arqueológico, la Dirección de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos, así como los Centros INAH de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco, Yucatán y la Dirección de Operación de Sitios, para proporcionar lo requerido. 

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