*La ministra con simpatías presidenciales Loreta Ortiz Ahlf definió con su voto que esta figura era valida
Agencia Libertad ANI (México 23 mayo).- La Suprema Corte de Justicia aprobó por seis votos a favor y cinco en contra la figura de los Superdelegados, creados al inició de la actual administración para operar en los estados los programas sociales del actual Gobierno que pagan supuestamente beneficios directos a la población.
La acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicadas el 30 de noviembre de 2018, fue presentada por legisladores, partidos de oposición y el gobierno de Michoacán.
Sin embargo, en la sesión de hoy la a Ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien fue designada recientemente por el Presidente de la república y que tiene simpatías por Morena, rompió el empate que se había registrado la semana pasada en el pleno, cuando cinco de sus integrantes apoyaron un proyecto que declaraba la invalidez de las llamadas Delegaciones de Programas para el Desarrollo, que están adscritas a la Secretaría de Bienestar, pero dependen directamente del titular del Ejecutivo Federal.
Ahora la figura y operación de los superdelegados del Bienestar, como los principales promotores y operadores de los programas sociales de la presente administración, es constitucional, de acuerdo con el voto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien fijó el criterio de desempate.
Otros cinco votaron por la validez de esta reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, vigente desde el primer día de este sexenio, y la Ministra Ortiz, nominada a la Corte por López Obrador, se sumó hoy a este grupo para integrar la mayoría.
Los superdelegados ya no están en peligro de ser anulados, ya que para ello se requerían al menos ocho votos.
Pero el voto de la ex diputada petista durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, servirá para que la sentencia incluya un pronunciamiento de que la figura de los Superdelegados es constitucional, mismo que solo requiere mayoría de seis ministros, pues si hubiera votado por la invalidez, el caso hubiera sido desestimado sin pronunciamiento de la Corte.
La semana pasada, la minoría sostuvo que el problema no es la posible invasión de atribuciones estatales, sino a otras dependencias federales, pues los Superdelegados pueden operar toda clase de programas del Gobierno.
«¿Quién decide finalmente sobre la implementación de los planes, programas y acciones asignados a las secretarias de Estado, los titulares o los delegados?», cuestionó la ministra Norma Piña.
«¿Los delegados, pueden ejercer presupuesto no asignado a la secretaria de Estado a la que están adscritos?»
Alfredo Gutiérrez afirmó que se rompe el esquema constitucional de ejercicio del Poder Ejecutivo por medio de las Secretarías de Estado, y que los Superdelegados son una especie de órgano administrativo transversal, que puede vigilar o supervisar programas que implementan Secretarías distintas a Bienestar.
La mayoría rechazó que existan estos vicios, y afirmó que está claro que los Superdelegados solo están facultados para operar programas federales, sin invadir atribuciones de los gobiernos locales.
El ministro Alberto Pérez Dayán consideró que, si bien la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal no detalla totalmente las facultades de los Superdelegados, estas sí fueron delimitadas en un reglamento expedido por el Ejecutivo en 2019.