Deben enfrentar empresas obligaciones ante NOM en materia de teletrabajo

*El 35% de los trabajadores desea lugares de trabajo completamente flexibles

y 45% desea elegir horas de inicio y finalización.

*Objetivo de la NOM 037 es establecer condiciones de seguridad y salud

para los teletrabajadores.

*Autoridades laborales señalan que se beneficiará a más de 13 millones de trabajadores bajo este esquema.

Adolfo Sánchez Venegas Agencia Libertad ANI (México 12 de agosto).- Los modelos de trabajo remoto e híbrido han incrementado exponencialmente su demanda y así lo precisa el 35 por ciento de los trabajadores que prefiere lugares de trabajo completamente flexibles y 45 por ciento horas de inicio y finalización de labores.

De acuerdo con un análisis de la Asociación Mexicana para Empresas de Capital

Humano (AMECH) el crecimiento de estos esquemas laborales se debe a los

siguientes factores: favorecen al equilibrio laboral y personal de los trabajadores,

al retener el lado positivo de la pandemia y remodelar su propio espacio de

trabajo; brindan flexibilidad, interacción, colaboración y conexión humana.

“Las empresas se están dando cuenta de las obligaciones que implica atraer y

retener al talento en medio de este escenario, como la construcción de políticas de

teletrabajo y dar los insumos a sus trabajadores. Los patrones necesitarán de

consultoría en recursos humanos para gestionar a sus equipos en el trabajo a

distancia o esquemas híbridos“, mencionó Carmen García, Presidente del Comité

de Comunicación de la Asociación Mexicana para Empresas de Capital Humano

(AMECH).

En julio pasado la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó para consulta pública, el proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM 037 referente a Teletrabajo, el cual tiene por objetivo establecer condiciones de seguridad y salud en este modelo de trabajo. En la propuesta se establecen medidas de prevención de riesgos.

Comentó que la NOM beneficiará a personas que laboran al menos el 40% de su

jornada semanal bajo el esquema de teletrabajo. La STPS estima que más de 13

millones de personas laboran bajo este esquema.

Mediante una lista de verificación la NOM 037 definirá las condiciones básicas de

trabajo, permitirá identificar riesgos físicos, ergonómicos y psicosociales; además,

el patrón deberá autorizar el lugar o lugares para teletrabajar.

Por su parte, los trabajadores serán responsables de avisar sobre los cambios de domicilio.

Cabe destacar que la Norma recomienda a las empresas calendarizar eventos

presenciales para evitar el aislamiento social. Obliga a las empresas a pactar por

escrito los horarios y jornadas laborales. A través de esta regulación se reconoce

el derecho a la desconexión digital y a las pausas laborales.

“Nunca antes las áreas de recursos humanos habían enfrentado tantos retos como

los últimos tres años, la salud y el bienestar del talento debe ser la prioridad en las

empresas y sobre todo seguir generando empleos formales que le permitan a más

personas acceder a la seguridad social”, destacó Carmen García, Presidente del

Comité de Comunicación de la AMECH.

Otras obligaciones de los patrones derivadas de la implementación de la NOM 037

serán: contar con un listado actualizado de personas teletrabajadoras, establecer

una política de teletrabajo, validar condiciones de seguridad y salud,

mantenimiento de equipos de cómputo y capacitación a trabajadores sobre

condiciones de seguridad y salud que deben tener en su lugar de trabajo.

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